sábado, 26 de septiembre de 2015

Fwd: INFO GREMIAL: REUNIÓN DE COGESTIÓN


MÁS LOGROS DE LA FEB

EN COGESTIÓN

 

La Federación de Educadores Bonaerenses ha reclamado reiteradamente en el ámbito de la Cogestión el tratamiento de la correcta aplicación del Artículo 28 del Estatuto del Docente y la Resolución 7321/99.

Ello derivó en lo resuelto por la Cogestión del último 17 de septiembre, donde presentamos un proyecto de resolución y se decidió suspender todas las intimaciones de incompatibilidad y aplicación de la Res. 7321/99 hasta tanto se tome un criterio unificado en todo el ámbito provincial.

Para la FEB, sólo puede haber incompatibilidad funcional con cargos titulares y nunca con cargos provisionales o suplentes, como así tampoco hay incompatibilidad funcional con el desempeño de un cargo jerárquico y módulos en el mismo establecimiento.

 

 

RECLAMO PERCEPCION DE GASTOS DE MOVILIDAD EN CARGOS DE MAESTRO INTEGRADOR  Y MAESTRO DOMICILIARIO

Hemos reclamado enérgicamente el pago del plus por movilidad para los docentes que se desempeñan como maestros integradores y maestros domiciliarios que trabajan con distintos itinerarios, los que se encuentran afectados por el no cobro de dicho plus por decisión unilateral e ilegitima de la DGCyE.

Entendemos absurda la posición del Estado, que ha dejado de abonar lo oportunamente acordado en Acuerdo Paritario del año 2009, afectando de manera letal el ingreso de los docentes que deben desplazarse, con los gastos que ello representa.

Asimismo, reclamamos una inmediata actualización de dicho plus, a fin de que el mismo compense de manera adecuada los gastos antes señalados.

No vamos a cesar en el reclamo hasta conseguir el pago y el aumento.

 

 

YA PODES TOMAR NUEVOS CARGOS DE BASE

Desde hace más de un año, la FEB viene reclamando en soledad la reparación de un daño incomprensible a los docentes desplazados por investigación disciplinaria (sin sentencia firme y en pleno estado de inocencia), a quienes injustificadamente se les impedía acceder a nuevos cargos de base y con ello se afectaba su ingreso y salario.

La consistencia de nuestro reclamo revirtió la decisión de la DGCyE y, en el marco de la Cogestión, se restituyó un derecho antijurídicamente negado, por lo que los docentes desplazados PODRÁN ACCEDER A NUEVOS CARGOS DE BASE y la administración se expedirá sobre la conveniencia del desempeño o el relevo, percibiendo en todos los casos los haberes por el nuevo cargo adquirido.

En caso de mantener el relevo, estos docentes desempeñaran la carga horaria en el lugar de destino del desplazamiento.

Este derecho se encuentra consagrado en el Estatuto del Docente por lo que no puede ser negado.

La FEB cumple la ley y exige su cumplimiento.

ÁREA GREMIAL


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