Las PRÁCTICAS
MÉDICAS AMBULATORIAS se abonan según la categoría del
profesional actuante, esto significa que los bonos categoría “A” son
sin cargo, “B” y “C” se paga el diferenciado.
Existe un listado
de prácticas que se autorizan y abonan en el consultorio. Las de ALTA
COMPLEJIDAD son sin cargo y el resto se autoriza en el Círculo
Medico como se hace hacía hasta hoy.
Las práctica que autoriza
el médico deben estar detalladas en el BONO DE CONSULTA.
FEBOS reintegrará el total de lo abonado por el AFILIADO
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