miércoles, 2 de octubre de 2013

FEBOS: PRACTICAS MEDICAS AMBULATORIAS 2013


Las PRÁCTICAS MÉDICAS AMBULATORIAS  se abonan según la categoría del profesional  actuante, esto significa que los bonos categoría “A” son sin cargo, “B” y “C” se paga el diferenciado. 
Existe un listado de prácticas que se autorizan y abonan en el consultorio. Las de ALTA COMPLEJIDAD  son sin cargo y el resto se autoriza en el Círculo Medico como se hace hacía hasta hoy. 
Las práctica que autoriza el médico  deben estar detalladas  en el BONO DE CONSULTA. 

FEBOS reintegrará el total de lo abonado por el AFILIADO



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